El pasado 4 de Marzo la Alcaldía de Bogotá comunicó una serie de cambios en el Calendario Tributario del año 2021 con la finalidad de apoyar a las empresas en su flujo de caja. En virtud de estos cambios, las pequeñas, grandes empresas y familias de la ciudad tendrán más tiempo para presentar sus declaraciones distritales.
¿Cuál es el cambio más importante anunciado?
Lo primero que debes saber es que los beneficios otorgados por la Alcaldía solo aplican para los impuestos del 2021 (es decir, para el pago del ICA bimestral y reteICA). La fecha de presentación del ICA anual no fue modificada, por lo que su vencimiento se mantiene el 19 de marzo.
¿Qué impuestos van a cambiar?
Como lo mencionamos en el párrafo anterior, se modificaron las fechas de presentación del ICA bimestral y ReteICA bimestral. Previo a estos cambios, el periodo de presentación del ICA de primer bimestre iniciaba en el mes de abril y el del reteICA en marzo. Las nuevas fechas de presentación serán las siguientes:
ICA BIMESTRAL
- Bimestre I – Entre el 14 y 21 de mayo
- Bimestre II – Entre el 12 y 16 de julio
- Bimestre III - Entre el 6 y 10 de septiembre
- Bimestre IV – Entre el 8 y 12 de noviembre
- Bimestre V - Entre el 6 y 13 de diciembre
- Bimestre VI – Entre el 21 y 25 de febrero 2022
Rete ICA BIMESTRAL
- Bimestre I – Entre el 8 y 14 de abril
- Bimestre II – Entre el 15 y 21 de junio
- Bimestre III - Entre el 17 y 23 de agosto
- Bimestre IV – Entre el 27 septiembre y 1 octubre
- Bimestre V - Entre el 22 y 26 de noviembre
- Bimestre VI – Entre el 24 y 28 de enero 2022
Estas fechas aplican únicamente para los contribuyentes el régimen común bimestral del impuesto de industria y comercio (ICA) que en el 2020 hayan sido responsables de un impuesto mayor a $13.922.337. En caso contrario se mantendrán las fechas previamente establecidas.
¿Qué debo tener en cuenta?
La resolución no ha sido expedida ni firmada, por esto pueden existir cambios respecto a lo mencionado anteriormente. Dicho esto, la Alcaldesa de Bogotá ya las ha anunciado públicamente y la información fue publicada en la página de la Secretaría de Hacienda distrital de Bogotá en el siguiente link.
¿Qué otros cambios contiene el Decreto?
Se prevé que el Decreto también incluirá unos cambios en las fechas de presentación del impuesto predial y vehicular, dándoles a los contribuyentes un mayor plazo para hacer el pago.
Para el pago del impuesto Predial y el impuesto a Vehículos, los plazos se corrieron dos meses, hasta junio en Predial y hasta julio en Vehículos.
Las nuevas fechas para el pago de estos impuestos serán las siguientes:
- Predial con 10% de descuento - Entre el 15 y el 23 de junio
- Predial sin descuento – Hasta el 23 de julio
- Vehículos con 10% de descuento - Entre el 12 y el 19 de julio
- Vehículos sin descuento – Hasta el 27 de agosto
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