El impuesto al valor agregado, es un gravamen de orden nacional e impuesto indirecto que recae sobre el consumo de bienes, servicios y explotación de juegos de azar. El IVA se cobra en el momento de la realización, consumo o compra, de productos, servicios, o transacciones comerciales.
Este impuesto se aplica en las diferentes etapas del ciclo económico de la producción, distribución, comercialización e importación que esté establecido por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de Colombia (DIAN). Las empresas son intermediarios entre las personas que compran los productos y la DIAN.
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¿Cómo se calcula el IVA?
El IVA actual en el país es de 19%, el cálculo se hace dividiendo el valor total del bien o servicio entre 1,19. Ahora bien, el resultados lo vas a obtener si lo multiplica de nuevo por 1,19, nos dará el valor inicial.
Veámoslo en un ejemplo:
Para el día de la madre decidiste comprar un accesorio a tu mamá de $100.000 a esto le vamos a aplicar el cálculo anterior:
$100.000 / 1,19 = $84.033 Esto quiere decir que el producto sin IVA es de $84.033 y el IVA de esa compra fue de: $15.967.
La suma de los valores nos dará el costo inicial: $84.033 + $15.967 = $100.000
Asimismo, en el caso de un artículo al que se le tenga que aplicar el IVA con tasa diferencial del 5% como pueden ser los pañales, sería dividiendo el valor total entre 1,05.
Ejemplo: Para un paquete de pañales de $50.000, y si aplicamos el cálculo, nos dará: $50.000/1,05 = $47.619 Es decir que el valor del producto sin IVA es de $47.619 y el IVA de esa compra es de $2.381.
¿Quiénes NO serán responsables de declarar IVA?
Las siguientes personas que realicen actividades gravadas con impuesto:
- Personas naturales
- Comerciantes
- Pequeños agricultores
- Pequeños ganaderos
- Quienes presten servicios
- Artesanos
IVA: Bienes y Servicios Exentos de IVA
- Carne fresca o refrigerada
- Leche para bebés
- Cebolla
- Abono
- Ganado bovino, excepto los de lidia
- Preparaciones infantiles a base de leche
- Banano
- Semillas para siembra
- Pescado, excepto los filetes
- Cuarenos
- Uva
- Sistema de riesgo
- Camarones, langostinos y demás decápodos
- Diarios y publicaciones periódicas
- Manzanas
- Internet fijo para estratos 1 y 2
- Pollo
- Libros
- Melones
- Computadores de menos de 1 millón de pesos
- Ovejas
- Medicamentos
- Café sin tostar
- Tabletas de menos de 900 mil pesos
- Cabras
- Educación
- Caña de azúcar
- Planes de datos inferiores a $48.000
- Cerdo
- Transporte público
- Arroz, excepto el de uso industrial
- Leche y nata
- Edificaciones de menos de $800 millones deducibles de renta
- Queso
- Celulares de menos de $700.000
- Papas
- Fertilizantes
- Maquinaria agrícola
- Bicicletas de menos de 1 millón de pesos
- Huevos de gallina y otras aves
- Tomates
- Caucho natural
Períodos del IVA
Hay dos períodos gravables para el IVA, está el bimestral y el cuatrimestral. Esto quiere decir, que el primer bimestre corresponde a los meses de enero y febrero y el primer cuatrimestre al período comprendido entre enero y abril de cada año.
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